pago de sentencias
Pago de sentencias

Pago de sentencias: ¿Qué sucede si se acaba el presupuesto anual destinado al pago de sentencias y conciliaciones?

pago de sentencias

Usted está en el derecho de recibir una indemnización monetaria como una vía de reparación por todos los daños que le han sido causados por una entidad estatal. Incluso puede aplicar a la compra de sentencias como una de las vías más rápidas y efectivas para obtener su dinero de pago de sentencias.

El Estado colombiano tiene muchas obligaciones económicas, las cuales deben ser resueltas sin importar la cantidad y el desgaste que impliquen, tal como es el pago de sentencias judiciales sobre las cuales no se puede obviar su importancia.

Sin embargo la preocupación radica en el término para que se de su cumplimiento, dado que los tiempos de pago pueden ser muy extensos. Por tal motivo Conactivos S.A.S con el propósito de brindar ayuda a las víctimas contribuye a transformar una dificultad en una oportunidad para los beneficiarios y apoderados que decidan iniciar el proceso de compra de sentencias y conciliaciones.

Actualmente para el pago de sentencias y conciliaciones la legislación colombiana tiene dos códigos aplicables los cuales establecen las reglas del cumplimiento, correspondientes al Decreto 01 de 1984 Código Contencioso Administrativo el cual establece que la entidad deudora tiene como tiempo máximo para el pago 18 meses y la Ley 1437 de 2011 o Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo, en este régimen la entidad obligada tiene como tiempo máximo para el pago 10 meses. Sin embargo, al otro extremo tenemos la realidad en el pago de sentencias y conciliaciones, correspondiente a la mora de hasta 7 años como consecuencia de los escasos recursos y aumento en las solicitudes de pago.

¿Cuál es el problema?

El problema principal que surge con la prolongación del pago de sentencias y conciliaciones es que usualmente, las personas en condición vulnerable y que carecen de ingresos son quienes deben soportar la demora injustificada en los trámites legales y administrativos sumado a la constante incertidumbre sobre la fecha probable del desembolso efectivo de los dineros reconocidos; así mismo es importante destacar que actualmente hay un atraso entre tres y siete años en relación con lo que establece la norma, para recibir lo que les corresponde.

Teniendo en cuenta lo anterior se entiende que la demora en el pago de sentencias representa para el Estado una acumulación de intereses que se debe comenzar a solucionar con prontitud, sin embargo, teniendo en cuenta la gran cantidad de turnos de pago represados, las medidas adoptadas serán insuficientes.

En vista de lo expuesto podemos concluir que ante los atrasos para el pago de las sentencias y/o conciliaciones en razón al agotamiento del presupuesto, la compra de sentencias  es la solución más pronta y efectiva, para que los beneficiarios puedan recibir el dinero y destinarlos a los proyectos que permiten mejorar su calidad de vida.

¿Cómo se puede solucionar?

La compra de sentencias y conciliaciones se trata de la modalidad legalmente reconocida que realiza Conactivos S.A.S., empresa que se encarga de adelantar los trámites pertinentes para efectuar el pronto pago a las víctimas, permitiéndoles recibir el dinero de manera anticipada por medio de la cesión de derechos, es decir, un proceso en el cual las victimas con derechos económicos reconocidos a través de una sentencia judicial y/o conciliación autorizan mediante un contrato de cesión para cobrar los valores reconocidos con la ventaja de recibir el dinero de forma anticipada y segura.

Los beneficiarios pueden acudir a Conactivos S.A S. para recibir una oferta y obtener el dinero en unas pocas semanas con el oportuno asesoramiento y el respaldo. Si el valor de su sentencia y/o conciliación está entre $50.000.000 y $10.000.000 (cincuenta millones y diez mil millones de pesos), entonces el fallo está cumpliendo con la condición para ser evaluado e ingresar al proceso de compra de sentencias, junto a los demás requerimientos. De esta forma, pueden reducir el tiempo de espera a cuatro meses, de modo que puedan disponer de recursos económicos en poco tiempo, obteniendo así la liquidez generada en el proceso, sin tener que esperar el pago de la entidad estatal.

Conclusión

Así las cosas si los beneficiarios y apoderados están interesados en iniciar el proceso de compra de sentencias simplemente deben presentar las copias simples de su sentencia de primera y segunda instancia, la constancia de ejecutoria y la cuenta de cobro con sello de radicado con los respectivos alcance presentados. Reciba asesoría jurídica por parte de nuestro grupo de abogadas comerciales y obtenga el desembolso de forma ágil y transparente en un plazo no mayor a 4 meses.

Para conocer más sobre la compra de sentencias visite nuestra página de Facebook en el siguiente enlace https://www.facebook.com/conactivos y también nuestro canal de YouTube aquí; https://www.youtube.com/channel/UChoRi8v1GB-ORfdogIR4lSg

Si está interesado en el proceso de compra de sentencias; puede comunicarse con nuestras líneas telefónicas 3541552 – 318 328 3813 para obtener una completa asesoría por parte de nuestras profesionales.

Si le ha gustado este artículo, también podría interesarle:

En este artículo podrá vislumbrar por qué la compra de sentencias es una solución inmediata para quienes han sido víctimas del Estado y se les ha reconocido una reparación bajo el modelo de indemnización económica, el cual encontrará en el siguiente link https://conactivos.com.co/2021/04/23/la-compra-de-sentencias-una-solucion/

Tags:

Deja un comentario